viernes, 18 de enero de 2013

PRIMER ACTIVIDAD DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.

PRIMER ACTIVIDAD DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.

1.-Explica cuando empezó a desarrollarse el Derecho Internacional Público.
            El  Derecho Internacional empezó a desarrollarse a partir del siglo XVI, época en la cual aparecen en Europa los primeros estados nacionales. Hasta principios del siglo XX se desenvolvió bajo el principio de la soberanía, lo que no facilitaba la creación de una sociedad internacional. Manifestaciones realizadas en la Época Moderna, donde se suceden acontecimientos históricos para el Derecho Internacional y donde éste se enriqueció con nuevos aportes (se estableció la igualdad religiosa, se adoptó el idioma francés como lenguaje diplomático, se establecieron las embajadas permanentes, entre otras), que van desde el Imperialismo Universal (Imperio Napoleónico) hasta los compromisos ideados por la diplomacia (Santa Alianza) no han sido suficientes para asegurar una paz estable en nuestro planeta. El derrumbamiento del sistema diplomático tradicional por la Primera Guerra Mundial en 1914, provocó la formación de nuevas bases sobre las cuales los gobiernos asentarían sus relaciones internacionales. El fracaso de la Sociedad de Naciones y de la política de seguridad colectiva condujo a la Segunda Guerra Mundial en la coalición de los pueblos libres cerró el paso a las tentativas de hegemonía universal. Desgraciadamente, la victoria de las democracias occidentales no ha sido completa, y hoy como  ayer, sigue en pie el problema de saber si el mundo se federara libremente o sí, una vez más tendrá que resistir  por la fuerza a las amenazas de neoimperialismo totalitario. De la solución de éste dilema dependen el destino de Europa y el mundo entero y del mantenimiento del Derecho Internacional, e incluso del Derecho mismo.

2.- Menciona cual es la definición del Derecho Internacional Público.
            Clásica. En principio los individuos no son sujetos inmediatos de sus normas por lo tanto el Derecho Internacional Público se define como el conjunto de normas o principios que regulan las relaciones jurídicas de los Estados entre sí.
            Moderna. Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los Estados, organismos internacionales y demás sujetos de Derecho Internacional Público incluyendo al hombre.

3.- Quiénes son los sujetos del Derecho Internacional Público?
·         Organismos internacionales;
·         Los grupos beligerantes: que son naciones que están en guerra. Para que puedan adquirir derechos y obligaciones internacionales deben cumplir ciertas condiciones: un mando responsable, ocupar parte de relaciones del Estado, realizar actos de gobierno y conducirse de acuerdo a las leyes de guerra;
·         Territorios Fideicomitidos: Territorios administrados por una potencia que respeta su soberanía;
·         Comité Internacional de la Cruz Roja;
·         La Santa Sede (Vaticano);
·         La soberana orden de Malta;
·         Las organizaciones internacionales (Personalidad jurídica);
·         El individuo (Destinatario real de toda norma jurídica).

4.- Menciona y explica las divisiones del Derecho Internacional Público.
            El Derecho Internacional Público consta de las siguientes divisiones:
I.Clásica. Propuesta por Hugo Grosio.
a) De Paz y de Guerra:
-Derecho Internacional Público de Paz: Regula las relaciones jurídicas internacionales en tiempo de paz.
-Derecho Internacional Público de Guerra: Establece los derechos y obligaciones entre los Estados en conflicto y los neutrales dado que dos o más Estados se encuentran en situación de guerra.
b) Derecho Internacional Público natural y positivo:
            -Derecho Natural: Se considera el perfecto e ideal, que persigue la moral y la justicia entre los Estados. Según Nelson González Sánchez el Derecho Internacional Público Natural tiende a ser universal e inmutable y se caracteriza por sus preceptos negativos y los deberes que impone, pues procura asegurar el triunfo de la justicia, de la equidad y de la moral en las relaciones internacionales
            -Derecho Positivo: Es considerado como el conjunto de reglas que han sido establecidas por el hombre para regular las relaciones entre los Estados.
II. Moderna.
a) Derecho General y Particular:
            -Derecho Internacional General: Es el derecho que rige a todos los Estados.
            -Derecho Internacioal Público Particular: Las normas que forman a este derecho tienen un límite de vigencia y están dirigidas a entidades jurídicas específicas de la comunidad internacional. Es un derecho especial y característico.
b) Según Antonio Sánchez de Bustamante:
            -Derecho Internacional Público Constitucional: Se ocupa del proceso de formación de las personas jurídicas.
            - Derecho Internacional Público Administrativo: Se ocupan de las funciones que realizan las personas jurídicas.
            - Derecho Internacional Público Civil: Se refiere a ciertos actos de carácter civil hechos por el sujeto del derecho internacional.
            - Derecho Internacional Público Penal: Estudia las sanciones aplicadas de carácter penal a los sujetos.
            - Derecho Internacional Público Procedimental: Se ocupa del procedimiento que siguen los Estados y otros organismos internacionales en sus relaciones.

5.- Cuáles son las funciones del Derecho Internacional Público?
  
-Establecer los derechos y deberes de los sujetos de la comunidad internacional.
-Promover la defensa de los derechos humanos.
-Garantizar la paz universal.
-Regular las relaciones entre los Estados y la de los Estados con los demás sujetos del Derecho Internacional.
-Reglamentar la competencia de los organismos internacionales.
-Proporcionar a los sujetos del Derecho Internacional Público soluciones pacíficas para no recurrir a la guerra sometiéndolos a arbitrajes.
-El derecho Internacional Público tiene una función social tendiente a mantener un ambiente de paz y armonía en la comunidad internacional, garantizar los derechos fundamentales, evitar la violencia y proporcionar la cooperación económica, social y de ayuda mutua.

6.- Cuáles son las críticas al Derecho Internacional?
a) Negadores del Derecho Internacional Público:
-Sostienen que las relaciones internacionales descansan únicamente en el principio de la fuerza.
-Para Spinoza aparece como una mera función de un campo internacional de fuerzas en constante devenir, reflejo de las modificaciones del poder.
-Larson sostiene que no puede hablarse de autoridad soberana en las relaciones internacionales porque existe le enemistad y riesgo de guerra latente.
-Seydel sostiene que como falta en la comunidad internacional una voluntad soberana superior, un estado mundial, no hay sitio para un Derecho Internacional Público propiamente dicho.
-La vigencia intermitente no pueden ser normas jurídicas.
-Niegan el carácter jurídico de las normas de Derecho Internacional Público.
b) Defensores del Derecho Internacional Público:
-Falta de juez que aplique las normas internacionales.
-Falta de sanción, existía carta de Naciones Unidas que comprendía sanciones pero no se   aplicaban.
-A los críticos que señalan como características del derecho de hoy la ejecución coactiva del tallo judicial, se puede apuntar que están en pie los gérmenes de una jurisdicción internacional en la corte de justicia internacional, en la corte de mediación, arbitraje y otros.
-El Derecho Internacional Público se dirige a los Estados como unidades de decisión y actuación en tanto que el Derecho Interno hace a su vez amplia referencia a normas del Derecho Internacional Público lo que es un serio indicio del carácter jurídico del Derecho Internacional Público.

7.- Concepto de las fuentes del Derecho Internacional Público.
-Concepción Positivista: Establece como única fuente del Derecho Internacional Público el acuerdo de voluntades ya sea de forma expresa (Tratados Internacionales) o de forma tácita (Costumbre).
-Concepción Objetivista: Se apoya esencialmente en la distinción entre las fuentes creadoras y las fuentes formales, las primeras son las verdaderas fuentes de derecho, las segundas son los tratados y las costumbres, que no crean derecho sino que son modo de constatación según Rousseau.

8.- Qué son los Tratados Internacionales y como se clasifican?
            Los Tratados Internacionales son aquellos factores de tipo social, político y económico aptos para crear o formar normas jurídicas internacionales por sí mismas, aplicables a las relaciones de los Estados y demás sujetos del Derecho Internacional Público, es decir las fuentes directas y/o materiales.
Los Tratados Internacionales se clasifican en:
a) Clasificación de orden formal:
-Tratados Multilaterales o colectivos: Es cuando las reglas son aceptadas por la mayoría de los Estados, como por ejemplo la convención de viena.
-Tratados Bilaterales: Que obligan a dos países como el Tratado de Venezuela y Colombia por el Golfo de Venezuela.
b) Clasificación de orden material:
-Tratados-Contratos: Realización de un negocio jurídico que general prestaciones recíprocas entre los Estados, pero cada uno percibe objetivos diferentes.
-Tratados Normativos: Tienen por objeto formular una regla de derecho y se caracteriza porque la voluntad de todos los que firman tienen idéntico contenido.

9.- Habla de la costumbre del Derecho Internacional y como se clasifican.
            Son las formas en que se manifiesta una comunidad, formadas por un conjunto de reglas que se revelan no sólo por la repetición de los actos acompañados de un sentimiento de obligatoriedad ante un mismo hecho, sino porque dados actos se realizan con el convencimiento de que se están cumpliendo ciertas obligaciones o se está ejerciendo un derecho.
Las Costumbres se clasifican en:
-Costumbre Universal:  Es la costumbre en la cual ha participado la gran mayoría de los Estados para su creación, dicha costumbre obliga a todos los Estados aun cuando éstos no hayan participado en ella ni ayudado en su creación, a menos que desde el principio se hayan negado de manera permanente o persistente.
-Costumbre Regional: Es aquella en la que sólo ha participado un grupo de Estados, como por ejemplo el derecho a asilo, que sólo se dan en los Estados Americanos, su obligatoriedad no es para todos los Estados, sólo para aquellos que fueron partícipes y que usualmente se encuentran unidos  por lazos históricos, geográficos y económicos.
-Costumbre  Bilateral: Sólo existe la participación de dos Estados, su obligatoriedad tampoco es hacia los otros estados, sólo a los dos participantes.

10.- Qué es la Jurisprudencia Internacional?
            La Jurisprudencia Internacional es un conjunto de principios y normas establecidas en sentencias internacionales más o menos uniformes, viniendo a formar parte del acervo jurídico internacional.










1 comentario:

  1. complementando en el punto de fuentes del D.I.P. podria agregar la descentralizacion del poder politico que caracteriza a la sociedad internacional, produce una estructura de caracter horizontal donde coexisten los estados como sujetos primarios y fundamentales de esta comunidad. El principio de igualdad juridica de los estados hace que el consentimiento sea el mecanismo basico oara la creacion de normas y obligaciones internacionales, ya sean estas consuetudinarias, convencionales o unilaterales. En un caso, mediante un comportamiento o practica sobre una materia determinada, aceptada y conformada por el uso de los sujetos; en otro, mediante la celebracion de tratados y en el restante, por obra de la voluntad de asumir un compromiso juridico unilateral en forma clara y concreta. Sin embargo, existen ciertos limites a la voluntad estatal como fuentre de otra naturaleza (los principios del derecho), y en otros, por normas juridicas superiores que esa voluntad que se deben observae bajo pena de nulidad.

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